Huelga estudiantil en Quebec: ¿La América Latina del Norte?
Thomas Chiasson-LeBel y Karine L’Ecuyer
Agencia Latinoamericana de Información / América Latina en Movimiento /http://alainet.org/Desde mediados de febrero, la Provincia de Québec (Canadá) es escenario de un movimiento de protestas populares de una magnitud sin precedentes. Su origen es la huelga estudiantil más importante en la historia de la Provincia. En su momento más fuerte, más de 300.000 estudiantes postsecundarios abandonaron las aulas (sobre un total de aproximadamente 400.000 (1)). Las tres manifestaciones más importantes movilizaron más de 200.000 personas (2). A más de estas concentraciones gigantescas, el movimiento estudiantil sorprendió por la cantidad (varias por día) y la creatividad de sus formas de acción, como también por su valentía frente a las medidas represivas estatales. El período de verano ha marcado un momento de calma; pero considerando que el gobierno ha aprobado una ley especial anti-huelga que suspendió el periodo escolar en varias instituciones, es posible que a partir de mediados de agosto, con el retorno forzado a las aulas, el movimiento encuentre un nuevo aliento.
Las reivindicaciones estudiantiles
La reivindicación que dio origen al movimiento fue la oposición al incremento gradual en 75% de las cuotas de escolaridad que debe aplicarse en septiembre de 2012. Este aumento llevará las cuotas de escolaridad a un promedio de $ 3.800 (3) por año en 2017. Ello ocurre luego de una primera ola de alzas en el costo de las cuotas, que pasaron de $ 1.700 por año en 2007 a $ 2.200 en promedio para el año 2012. Si el plan del gobierno se mantiene, significará duplicar los costos en apenas diez años.
Pero la médula de la huelga estudiantil va mucho más allá que una simple cuestión de dinero: es la voluntad de defender a la universidad como un lugar universalmente accesible de intercambio de conocimientos y de desarrollo del pensamiento crítico. No obstante, a pesar de la movilización sin precedentes, el Gobierno ha mantenido una línea dura, desplegando a la policía en lugar de negociar, aun cuando las sumas en juego no son muy significativas para el presupuesto del Estado (4). Esta terquedad gubernamental justifica la tesis según la cual, detrás del aumento de las cuotas de escolaridad, se perfila, de hecho, la voluntad de transformar la relación de los estudiantes con su educación. No se trata tanto de refinanciar las universidades, cuanto que de establecer el principio del “usuario-pagador”, con el cual la educación pasaría de la esfera del derecho (5) a la de bien de consumo, o mejor dicho de activo, en el que los individuos invierten egoístamente
con miras a aumentar su capital humano para venderse mejor en el mercado laboral.
Ahora bien, transformar la educación y el conocimiento en una mercancía solo puede favorecer a quienes ya están en condiciones de beneficiarse del desarrollo de este mercado, en detrimento de quienes luchan por condiciones dignas en una sociedad capitalista.
En su lucha contra el aumento de las cuotas, el movimiento estudiantil se opone al modelo de sociedad que pretende imponer un gobierno corrupto a sueldo de los intereses de la burguesía (6). Existe, entonces, una lucha de clases en Quebec, tanto en términos de actores implicados como de contenidos.
Políticos corruptos pro extractivismo
Para entender este movimiento, es necesario ubicarlo en el contexto. Además de sus particularidades institucionales (la educación siendo de jurisdicción provincial, Quebec ha desarrollado una red propia de educación postsecundaria, sobre todo francófona), el contexto de Quebec también está marcado por la corrupción. El gobierno del Partido Liberal, en el poder desde 2003, ha sido objeto de numerosas denuncias relativas a los contratos públicos, que serían más fácilmente otorgados a los donantes del partido.
Es más, el gobierno implementa políticas de desarrollo extractivista que enfrentan una fuerte oposición. Los proyectos de explotación de gas de esquisto en el valle del río San Lorenzo han provocado muchas reacciones. Recientemente, el gobierno puso en marcha su principal plan de desarrollo de la provincia, el Plan del Norte. Se trata de un proyecto de grandes inversiones (80 mil millones de dólares) principalmente estatales, para la construcción de infraestructura para que las empresas mineras saqueen los recursos no renovables del Norte.
Sin embargo, las inversiones anunciadas están lejos de garantizar una rentabilidad adecuada (8) y hay frecuentes tensiones con los pueblos indígenas de la región. Si bien la huelga se centró en demandas en el área de la educación, se podía oír a manifestantes que gritaban: “No a la minería gratuita, sí a la educación gratuita”.
De este modo, el tema de la educación se transformó en una reflexión sobre el proyecto social. Sin embargo, es sin duda el movimiento estudiantil el que está a la raíz del levantamiento.
La creatividad de un movimiento
La movilización estudiantil marcará a Quebec por la diversidad de sus modos de acción. Además de las manifestaciones tradicionales y de algunos bloqueos de carácter económico, los y las manifestantes dejaron rienda suelta a su imaginación: manifestaciones (casi) desnudas, sesiones de yoga en medio de intersecciones muy transitadas, tatuajes con el cuadrado rojo…
Otro ejemplo, la huelga tuvo un símbolo: un pequeño cuadrado de fieltro rojo, que estudiantes y simpatizantes de la causa se abrochaban en un lugar visible. Las calles de Quebec están repletas de personas que lo lucen y así se reconocen entre ellas. Este símbolo ha adquirido la suficiente fuerza como para que el gobierno se sienta obligado a demonizarlo, asociándolo con la violencia y la intimidación (9).
Debido a que lo llevaban, algunos electores fueron impedidos de votar en una elección local (10), mientras que hay reportes periodísticos de casos de flagrante discriminación política por parte de la policía (11). Este símbolo, fácilmente reproducible, se ha convertido en un entramado político en sí mismo.
Otro punto fuerte del movimiento es el uso de las redes sociales, que han ayudado a contrarrestar los medios de comunicación tradicionales. Alimentando el sensacionalismo, éstos tienden a retratar a los manifestantes como violentos; imagen que fue corregido por videos aficionados y fotos que circulan en Internet, que pusieron de relieve la violencia de la represión. Ello explica probablemente la continuación del movimiento, a pesar de una represión sin precedentes. En efecto, se contabilizan más de 3.000 detenidos, entre ellos un diputado, y varios heridos de gravedad.
Este flujo de información ha erosionado, posiblemente, la legitimidad de la violencia estatal. Ello ayuda a explicar por qué la ley especial, aprobada a fines de mayo, haya sido tan poco respetada. Esta ley, que apuntaba a aplastar el movimiento mediante la suspensión del periodo escolar de los huelguistas hasta mediados de agosto, incluye también restricciones a la libertad de expresión y asociación y la imposición de multas a las asociaciones estudiantiles si uno solo de sus miembros intenta limitar el acceso a los cursos en las instituciones que hayan decidido reanudar el periodo.
Menos de una semana después de su adopción, una manifestación gigantesca se negó a cumplir las condiciones relativas a las manifestaciones impuestas por la ley especial. Millares de personas realizaron de esta forma un acto de desobediencia civil. Es más, tal desobediencia fue ampliamente practicada y reivindicada. Desde los inicios del conflicto, algunos estudiantes opuestos a la huelga solicitaron medidas cautelares a través de los tribunales para poder tener acceso a sus cursos, en contra de la votación mayoritaria de sus asambleas generales. La reacción de los huelguistas ha sido, en varios casos, la de oponerse, violando por lo tanto la orden de la corte. Esta negativa a acatar a los tribunales era poco común en Quebec.
La indignación que provocó la aprobación de la legislación especial se ha extendido a muchos otros sectores de la población, haciendo que Quebec tome prestado de América Latina la idea de los “cacerolazos”. Durante varias semanas, en muchas ciudades y barrios, la gente salió espontáneamente en las calles cada noche a golpear sus ollas. Así se concretó el lema reiterativo de que: “la huelga es estudiantil, la lucha es popular”.
La estructura democrática del movimiento ha sido sin duda uno de los pilares de su tenacidad y su combatividad. La organización de estudiantes más a la izquierda, la Coalición Amplia de la Asociación para una Solidaridad Sindical-Estudiantil (CLASSE por sus siglas en francés), siempre ha representado una proporción significativa de los huelguistas, y su funcionamiento se basaba en el control democrático del movimiento y de sus voceros. La legitimidad de los representantes resulta de la consulta regular de las asambleas generales de cada institución en huelga. Las prácticas de la democracia directa, ampliamente aplicadas, habrían alentado la auto-organización de los y las huelguistas, dejando un amplio espacio para la creatividad de los millares de manifestantes.
El francés, lengua oficial de Quebec, es una lengua latina, y con el movimiento que se ha expandido en toda la provincia, hay que preguntarse si esta provincia no es, de alguna manera, la América Latina del Norte.
1) De acuerdo con el Ministerio de Educación, Recreación y Deportes:http://www.mels.gouv.qc.ca/rentree2011/index.asp?page= statistiques#h1
2) Además de las del 22 de marzo y 22 de mayo, tomamos en cuenta la manifestación ambientalista del Día de la Tierra (22 de abril) marcada por una fuerte participación de estudiantes. Dado que la provincia cuenta aproximadamente 8 millones de habitantes, equivaldría, en términos relativos, a una multitud de más de 2 millones de personas en las calles de París.
3) En dólares canadienses: CAD$ 1 = US $ 0,98.
4) En total, y restando las diversas medidas de compensación, el aumento de las cuotas representaría un estimado de $ 150 millones por año, o sea, menos del 3% del total de ingresos de las universidades de Quebec, y aproximadamente el 1% del presupuesto del Ministerio de Educación.
5) La educación hace parte de los derechos reconocidos por diversas cartas de las Naciones Unidas, entre ellos el PIDESC, cuyo Artículo 13c dice: “La enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados, y en particular por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita”.
6) El vínculo entre el gobierno y la burguesía se hace evidente en las declaraciones públicas de las Cámaras de Comercio y del Consejo de Empresarios de Quebec. Estas organizaciones empresariales apoyaron las diversas medidas destinadas a mercantilizar la educación. Véase Thomas Chiasson-Lebel, con colaboración de Flavie Achard, Karine L’Ecuyer y Philippe Hurteau. « Grève et tensions dans les universités et les cégeps », Nouveaux Cahiers du socialisme,
no. 8, agosto 2012.
7) Para una elaboración de la argumentación sobre la lucha de clases, ver ibid.
8) La economista jefa del Mouvement des caisses populaires Desjardins -quien está lejos de ser una militante de izquierda- hizo hincapié en que los impactos en el sector extractivo son fluctuantes y que las inversiones involucradas en el Plan del Norte apenas aportarían $ 570 millones por año en ingresos fiscales. Ver: Joëlle Noreau, « Les ressources naturelles: un potentiel en or ? », Perspectives, Revue d’analyse économique, vol. 21, verano de 2011.
9) Ver: Jean-François Nadeau, « Le carré rouge de Fred Pellerin : ‘violence et intimidation’, affirme la ministre de la Culture », Le Devoir, 9 de junio de 2012.
10) Isabelle Porter, « Le carré rouge crée de la confusion dans un bureau de vote d’Argenteuil », Le Devoir, 5 de junio de 2012.
11) Catherine Lalonde, Raphaël Dallaire-Ferland, « Carrés rouges, vos papiers », Le Devoir, 11 de junio de 2012.
Thomas Chiasson-LeBel es estudiante de Doctorado en ciencias políticas en la Universidad York. Es también miembro del comité editorial de Nouveaux Cahiers du socialisme.
Karine L’Ecuyer es profesora en Técnicas de museología al Collège Montmorency y estudiante (en huelga!) de la maestría en sociología de la Université du Québec à Montréal.
miércoles, 18 de julio de 2012
Huelga estudiantil en Quebec: ¿La América Latina del Norte?
domingo, 24 de junio de 2012
La TV Pública de Paraguay continúa en resistencia con el apoyo de los ciudadanos
VENEZUELA Diez mil jóvenes recrearon la Batalla de Carabobo tal como ocurrió en 1821
sábado, 23 de junio de 2012
Frente de Egresadas y Egresados profesionales de la Universidad Simón Bolívar del Movimiento Nueva Universidad
Agradecemos puedan contactarse con nosotros en caso de ser egresad@ de la USB o conocer a egresad@s de la USB en su ambito de trabajo.
Mayor información sobre el proceso electoral, pagina web de la comisión electoral: http://vota.usb.ve
Consejo Directivo, Consejo Superior, Comisión Electoral y
delegados a la asamblea Universitaria de la Universidad Simón Bolívar
Voto postal: recepcion en la Comision Electoral por envio postal (ipostel(/encomienda) hasta el lunes 2 de julio
Candidatos a la representación de los egresados ante el Consejo Directivo
Marleny Suárez, Anil Ramakrishna y Pedro Fanega
Candidat@s a la representación de los egresados ante el Consejo Superior.
Leonardo Valderrama, Carlos Quintana e Iván Linero
Candidatos a la representación de los egresados ante la Comisión Electoral
Jorge Madrid, Ramón Sifontes y Fernando Lozano
Candidatos a la representación de los egresados por los
Programas de Pregrado a la Asamblea Universitaria
Marcos Piñango, Rebeca Torres y Jorge Palacios
Candidat@s a la representación de los egresados por los
Programas de TSU ante la Asamblea Universitaria
Iván Guerrero, Sergio Cobarrubia y Lué Merú Marcó Parra
Candidat@s a la representación de los egresados por los
Programas de Postgrado ante la Asamblea Universitaria
Frente de Profesionales Egresados /
Movimiento Nueva Universidad USB
mnu_usb@yahoo.com
martes, 19 de junio de 2012
LOT puso a las universidades a ajustar cuentas
18/06/2012
La eliminación de la figura de los trabajadores tercerizados, contratados y eventuales amparados en la nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOT)y su consecuente incorporación a la nómina fija de las casas de estudio donde laboran ha puesto a las universidades a regularizar la situación de muchos trabajadores que tienen largo tiempo librando esta lucha y suma a otros que recién asumen los beneficios que trajo el nuevo marco legal.
Aunque la Ley establece un mínimo de tres años para que las instituciones se adecuen, las protestas de trabajadores no se hicieron esperar, en medio de una discusión entre autoridades universitarias que piden tener los recursos garantizados y el Ministerio de Educación Universitaria que les exige rendición de cuentas para soltar más presupuesto.
Justo pero... La gran coincidencia es que se trata de una justa demanda que regulariza una situación de larga data.
Esta deuda pendiente puede rastrearse hace más de 20 años, según Jehyson Guzmán, viceministro de Políticas Estudiantiles del Ministerio de Educación Superior. “Recuerdo que cuando entré a la universidad (ULA) había gente con 10 años de contrato”.
El viceministro reconoce que primero debe haber una evaluación de la magnitud del problema. “Hay que tener un sólo mapa del personal contratado, tercerizado, medio tiempo y eventual que no tiene una relación estable en términos laborales para luego hacer un plan, porque no es verdad que se diga ‘todos entran de una vez’. Eso sería demagógico. Sería una locura”.
Amalio Belmonte, secretario de la UCV, expresa “hay algo de justicia en que se incorpore a estos trabajadores, porque muchos tienen años en situación de contratados. Pero no se proveen los recursosy sólo se ordena que se incluyan más trabajadores. El Gobierno se compromete con ellos, pero le da el problema a las universidades”.
La necesidad de sistematizar esta información generó la creación de una Comisión Nacional de carácter mixto, de la cual forma parte el rector de la ULA, Mario Bonucci, quien fue uno de los primeros que se enfrentó a la orden de reincorporar inmediata de 1.492 trabajadores que quedaron sin contratación.
“La ULA es una de las pocas universidades que autoadministra todos sus servicios (comedor, vigilancia, aseo), lo que significa que tiene una carga elevada de personal. Pero hace más de 20 años trabaja con la figura del (trabajador) eventual fundamentada en el artículo 112 de la anterior LOT”, explica Bonucci.
El rector de la ULA se refiere a que la institución contrata por dos meses y medio a un personal que luego quedaba por fuera otros dos meses, lo que generaba un nuevo personal para ocupar esos cargos.
“El resultado es que la universidad requiere 747 cargos entre vigilantes, mantenimiento y choferes, pero son más de 1.400 personas que ocupan esos puestos alternativamente”, especifica Bonucci.
Este es uno de los aspectos que considera el viceministro Guzmán “debe haber una auditoría de cargos y revisar que no haya cinco personas para una sola tarea. Eso debe ser conjuntamente con las universidades, porque, a fin de cuentas, se afecta su funcionamiento y el patrimonio de la nación porque si no se convierte en un carnaval de asignaciones”.
Allí apunta la exigencia del rector Bonucci ante el ministerio “desde 2008 estoy pidiendo recursos a la Opsu y después de mesas y mesas de trabajo no los han dado para regularizar esto. Si contrato el personal con recursos de otras partidas cometo un ilícito, por eso pido que me den la oferta de disponibilidad: cuántos cargos tengo o cuántas personas puedo contratar”.
Específicamente se refiere a empresas tercerizadas como las de mantenimiento y jardinería que implementan la modalidad de contratar personal que labora durante cinco o seis años, luego cambian la empresa prestadora del servicio, pero dejan el personal anterior con lo que se rompe la continuidad de años de antigüedad.
El dirigente sindical asegura que en vista de estas irregularidades están haciendo levantamiento de información en cada uno de estos trabajadores, que son advertidos para evitar que formen parte de los sindicatos, afirma Suárez.
“Hasta 2010 hicimos un censo que contemplaba 400 trabajadores bajo esta figura y, aunque hemos introducido amparos de protección ante la Inspectoría del Trabajo, aún no han acudido a revisar los casos”, dijo el representante de los obreros de la UCV que agrupa una nómina de 13 mil personas (incluyendo a empleados administrativos).
El secretario de la UCV explica que hace dos años la universidad contrató como fijos a la mayoría de este personal para regularizar la disponibilidad de cargos y que en la actualidad permanecen unos 200 empleados y obreros en figura de contratación, entre los que señaló a los empleados de la Fundación Jardín Botánico.
Pero Guillermo Guerrero, secretario de reclamos de Sutra UCV, advierte que sólo en el Jardín Botánico hay 120 trabajadores sin entrar a la nómina, a pesar de que cuentan con una providencia administrativa desde 2011 en la que el Ministerio de Trabajo ordena regularizar la situación de la Fundación que fue devuelta a la UCV en el año 2000, como parte del patrimonio de la institución.
Pendientes
La presidenta de la Asociación de profesores de la Unesr denunció que desde la estatización de la universidad en 1999 han pasado cuatro autoridades rectorales y ninguna regularizó la situación de 3.500 docentes que trabajan bajo la figura de “honorarios profesionales” y otros mil profesores como contratados, por lo cual no reciben beneficios, como, por ejemplo, HCM o tickets de alimentación.
La preocupación de los trabajadores es que se alargue la espera para mucho más de los tres años que da la LOT.
grojas@cadena-capriles.com
www.ultimasnoticias.com.ve
sábado, 28 de abril de 2012
Agenda UCV consensuada por el voto 1 x 1
La Universidad del Zulia (LUZ) acató sentencia de la Sala Electoral del TSJ
martes, 24 de abril de 2012
Carta de un investigador al Rey Don Juan Carlos de España.
domingo, 22 de abril de 2012
TERRORISMO LABORAL EN LA APUC
sábado, 21 de abril de 2012
COMUNICADO OFICIAL DEL FSUV-MEP ante la actual situación de la Universidad de Carabobo
sábado, 14 de abril de 2012
Foro Desarme UCV este martes 17 de Abril
¡¡¡Asiste!!!
Invitados:
-Pablo Fernández Blanco
Secretario Técnico
Comisión Presidencial para el Control de Armas, Municiones y el Desarme
Especialistas en Derechos Humanos de la Comisión Presidencial
Moderadora del Evento:
-Profa. Sandra Pinto
Lic. en Cs. Estadísticas, Profesora Asistente UCV, Investigadora en temas de Violencia y Criminalidad Urbana, Consejera de Facultad
LUGAR: AUDITORIO NARANJA DE FACES-UCV
HORA. 5pm
Para obtener más información acerca del Foro Desarme UCV nos puedes contactar por los siguientes medios:
Blog Oficial: forodesarmeucv.blogspot.com
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¡Certificado de asistencia!
Por tu asistencia al Foro Desarme UCV recibirás por parte del equipo organizador tu certificado de asistencia, avalado por la Comisión Presidencial para el Control de Armas, Municiones y Desarme.
¡Para confirmar tu asistencia registra tus datos dando click aquí!
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domingo, 8 de abril de 2012
TSJ Se ordena a Rectora de la UDO convocar a Consejo Universitario para elaborar reglamento electoral según lo establecido en la LOE
sábado, 7 de abril de 2012
LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LOS JUBILADOS EN LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES
LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LOS JUBILADOS EN LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES
Lilido Ramírez*
En el artículo intitulado “Los Jubilados Activos de la Universidad de Los Andes, Rechazados por los Grupos Hegemónicos (GH-ULA)” cuando se opina acerca de los derechos políticos de los profesores jubilados se dice:”El asunto que se plantea actualmente es si el personal que se jubila pierde sus derechos políticos, dado que el derecho económico-social a una pensión de jubilación no se discute. En la universidad venezolana, de acuerdo a la ley de universidades desde 1958, el profesor jubilado conserva su derecho a elegir autoridades universitarias superiores por que forma parte del claustro universitario, pero lo pierde para elegir autoridades unipersonales medias y de los órganos del cogobierno.
El jubilado universitario venezolano, al igual que todos los jubilados del País, puede votar para elegir los poderes públicos de elección popular, pero no puede votar para designar un decano, jefe de departamento o representante profesoral.”.
(Ver en la Revista Electrónica Mundo Universitario Número 32 (19-30), en el portal Saber ULA http://www.saber.ula.ve/ ),
Los Derechos Políticos DE LOS Profesores Jubilados en las Leyes Y DECRETOS Especiales en Venezuela
Estatuto Orgánico de las Universidades Nacionales-1946
Antes de que el 10 de diciembre de 1948 se aprobara y proclamara la Declaración Universal de Derechos Humanos, el 28 de septiembre de 1946 la dictadura venezolana imperante en ese momento decretó el anti autonomista ESTATUTO ORGÁNICO DE LA UNIVERSIDADES NACIONALES (EOUN-1946), por el cual escamotearon las luchas estudiantiles y populares por la autonomía universitaria surgidas a partir de la Reforma Universitaria de Córdoba de 1918. El fondo de la política universitaria diseñada en ese Estatuto ha venido signando la vida nacional hasta nuestros días. Ese EOUN-1946 reservó la libre designación y remoción de las tres autoridades universitarias a la Junta de Gobierno presidida por Rómulo Betancourt (Artículo 17). No hubo Claustro Universitario, ni asamblea universitaria, ni voto estudiantil, ni profesoral, ni nada parecido a los postulados de la Reforma de Córdoba de 1918.
Ese EOUN-1946, para el gobierno de las Facultades estableció la Asamblea de Facultad como autoridad máxima y el Consejo de Facultad (Artículos 24 y 25), como órgano de cogobierno, y excluyó a los profesores jubilados del derecho a votar para elegir al decano, tener representación y votar para la designación de representantes profesorales ante los Consejos, al establecer claramente que son profesores: “aquellos que tengan a su cargo una o más cátedras, los de seminarios y los de laboratorios e institutos de investigación .” (Artículo 26) .y los profesores jubilados que hayan sido distinguidos como honorarios (Artículo 43)
Se puede “atribuir” tal disposición excluyente al hecho de que no se había proclamado la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Simplemente, desde ese año de 1946, desde que ese golpista Estatuto se puso en vigencia, en la universidad pública venezolana se discrimina a los profesores jubilados en dos grupos: jubilados con derechos políticos con voz y voto y jubilados sin derechos políticos sin voz ni voto.
Y uno se pregunta ¿Cuál fue el razonamiento para despojar a los profesores jubilados de sus derechos políticos?
¿Por qué, lo presuntamente meritorio argüido a favor del profesor jubilado honorario cambia la cualidad política?
¿Por qué la condición jurídica, cambia la cualidad política del profesor universitario, si para ingresar TODOS debían reunir semejantes condiciones científicas y morales?
¿Será que la jubilación es una condición jurídica que inhabilita a la persona para el pleno ejercicio de sus derechos políticos?
¿Por qué los profesores jubilados pueden elegir y ser elegidos para presidente de la república, y no lo pueden ser dentro de la comunidad universitaria a la cual pertenecen?
La Reivindicación de los Derechos Políticos de los Profesores Jubilados Contenida en la Declaración Universal de Derechos Humanos
Artículo 21.
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
La Reivindicación de los Derechos Políticos de los Profesores Jubilados Contenida en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Artículo 21 ° Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia:
1. No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.
2. La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables; protegerá especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.”
Como se observa, toda persona independientemente de su condición social o jurídica, tiene derecho “a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.” Y la Constitución ordena que: “No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.”
El Decreto 458 de la Junta de Gobierno de 1958: Ley de Universidades de 1958
Mediante el Decreto 458 del 5 de diciembre de 1858 emitido por la Junta de Gobierno, entra en vigencia la Ley de Universidades de 1958. En ella, se crea el Claustro Universitario para designar las tres autoridades universitarias superiores; ese Claustro, mantiene los derechos políticos de los profesores jubilados honorarios, da cabida a los profesores de escalafón jubilados NO HONORARIOS y les “otorga” el derecho político para elegir este grupo de autoridades unipersonales superiores (Artículo 29, Inciso 1), pero los mantiene detrás de la raya amarilla para elegir decanos en la Asamblea de Facultad (Artículo 41) y los mantiene sin voz ni voto en los órganos del cogobierno universitario. Conserva el voto discriminatorio para los jubilados honorarios.
La exclusión discriminatoria de los profesores jubilados de los órganos del cogobierno es lo más controversial que se puede uno imaginar; por que precisamente, por su experiencia y conocimiento serían los más capaces para dirigir, y hasta para formar y asesorar a los noveles profesores en los asuntos académicos, administrativos y políticos de la institución universitaria. Al cuerpo de individuos con mayor experiencia integrantes de una comunidad, al que otras sociedades o grupos sociales les ha otorgado hasta la conducción de sus asuntos mas trascendentes, tanto el EOUN-1946 como el decreto 458-1958, los deja por fuera de los órganos del cogobierno universitario y los despoja del derecho a elegir a loas decanos.
Ante los cambios ocurridos en el Decreto 458-58, uno se pregunta ¿Cuál fue el razonamiento para que los profesores jubilados puedan ser aptos para elegir a las autoridades universitarias y no serlo para designar a los decanos de las facultades, ni ser elegidos y elegir para los organismos del cogobierno universitario?
La Ley de Universidades de 1970
Promulgada en día 08 de septiembre de 1970, luego de una terrible intervención a la Universidad Central de Venezuela y a todo el sistema universitario nacional, público, sin considerar todas las normas y leyes decretadas y resistidas durante la dictadura militar de 1948-1958, esta Ley-1970 cierra la trilogía de normativas que han regido las universidades desde 1946. Sin mucho error, se puede afirmar que desde 1936 en adelante ninguna normativa universitaria ha sido consultada a los miembros de la comunidad universitaria, TODAS, absolutamente TODAS, han sido fruto del acuerdo político entre cúpulas políticas detentadoras del poder político nacional.
En esta Ley-1970, se mantiene el Claustro Universitario creado en 1958 que otorga el voto a los jubilados NO Honorarios, pero le saca el voto a los jubilados Honorarios (Artículo 30, Inciso 1), para la elección de las autoridades unipersonales superiores, En cuanto a la Asamblea de Facultad mantiene el espíritu de 1946 y solo permite el voto de los jubilados honorarios (Artículo 52). Aunque, los excluye del cómputo mínimo necesario para el la integración del quórum en dicha Asamblea de Facultad, para elegir y conocer del informe del decano.
Aunque la Ley-1970, habla de un reglamento Interno para el funcionamiento de dichas asambleas, aún no he logrado conseguir UNO SOLO en la Universidad de los Andes.
También, al igual que el EOUN-1946, los profesores jubilados fueron excluidos de los órganos del cogobierno universitario y del derecho político a votar por representantes ante dichos organismos del cogobierno. La Ley-1970 priva a los profesores jubilados de sus derechos políticos.
Y uno se vuelve a preguntar ¿Cuál fue el razonamiento para que los profesores jubilados puedan ser aptos para elegir a las autoridades universitarias y no serlo para designar a los decanos de las facultades, ni a los representantes profesorales ante los órganos del cogobierno y mucho menos para elegir a tales representantes? ¿Será este un típico ejemplo de cambio de calidad por la cantidad?
Los Derechos Políticos de los Jubilados en la LOE-2009
La avanzada LOE-2009, rescata los derechos políticos de la Comunidad Universitaria en su artículo 34 inciso 3, de acuerdo al mandato constitucional de la democracia participativa y protagónica con igualdad de derechos políticos para cada uno de los miembros de dicha comunidad integrada por profesores, estudiantes. Egresados y personal no docente de obreros y trabajadores administrativos.
Los Derechos Políticos de los Jubilados en la Vetada-LEU 2010.
Al parecer, en los últimos 100 años, la Vetada_LEU ha sido la única normativa para las universidades que ha sido medianamente discutida entre los miembros de la comunidad universitaria; sin embargo, una de las causales del veto presidencial fue que se discutiera mas aún. Esto, también, se está haciendo medianamente. .
El Artículo 86 para la elección de las autoridades universitarias de la sancionada y Vetada LEU, recoge lo establecido en la LOE-2009 y taxativamente señala que: “La igualdad de condiciones en la participación electoral de la comunidad universitaria implicará, la cuantificación de un voto por cada votante para la determinación de los resultados electorales.
En cuanto a los órganos del cogobierno, el mismo Artículo 86 de la Ley de marras establecía: “En las universidades, todos los sectores de la comunidad universitaria ejercerán, en igualdad de condiciones, el derecho político a la participación para elegir a las autoridades, así como a los voceros y voceras ante los órganos colegiados“.
Al contrario de la elitista y discriminatoria Ley-1970, la Vetada-LEU crea la Comunidad Universitaria pero, deja en el aire el asunto de si los jubilados son o no sON miembros de la comunidad universitaria y por lo tanto tienen igualdad de derechos políticos, entre los cuales se encuentra EL DERECHO a elegir y ser elegidos para todas los cargos de elección en la universidad pública de la República Bolivariana de Venezuela.
En nuestra opinión los profesores jubilados son miembros de la comunidad universitaria, y toda elección que se haga para designar autoridades universitarias unipersonales o colegiadas en cualquier nivel, en cualquier universidad pública, debe hacerse en el marco del Artículo 34, Inciso 3 de la LOE-2009.
Las Elecciones Universitarias 2012 en la ULA y otras Universidades Autónomas
Los grupos hegemónicos dominantes de la Universidad de Los Andes (GH-ULA), oposicionistas a ultranza al gobierno bolivariano y a los contenidos universitarios de la LOE-2009, han convocado a elecciones de representantes profesorales con un Reglamento Electoral basado en lo dispuesto en la Ley-1970, convocatoria que ha sido impugnada ante la Comisión Electoral por un grupo de profesores del Núcleo universitario “Rafael Rangel” –ULA de Trujillo, por no incluir en su registro de electores a los profesores jubilados, así como a los instructores y contratados.
Impugnación realizada ante la Comisión Electoral de la ULA, que se basa en diversas sentencias de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia que ha ordenado a aquellas universidades cuyas convocatorias a elecciones fueron realizadas sin considerar lo establecido en al Artículo 34, inciso 3 de la LOE-2009, sino con base a lo establecido en la Ley-1970 excluyendo a los profesores jubilados del registro electoral para designar representantes profesorales ante los órganos del cogobierno universitario, e impide, como miembros de la comunidad universitaria, el pleno ejercicio y en igualdad de condiciones de sus derechos políticos a elegir y ser elegido.
Controversiales Ideas en el Seno del Profesorado Ulandino
Los GH-ULA mantienen las ideas de la Ley.1970, pero sostienen que el voto para el jubilado se extienda a la elección de decano y equivalente pero, no han manifestado, o no conocemos, la extensión completa para todos los jubilados del derecho a elegir y ser elegido mediante el reconocimiento de lo establecido en el artículo 34, Inciso 1 de la LOE-2009.
Entre los que se dicen chavistas, se distinguen tres agrupamientos, 1.- los que coinciden con los grupos hegemónicos, argumentando, que los profesores jubilados en su gran mayoría no están activos en docencia y/o investigación y, por que la mayoría son oposicionistas controlados por los GH-ULA. 2.- Los que están de acuerdo con el contenido de Artículo 34, Inciso 3 de la LOE-2009 y que argumentan que los derechos políticos no pueden ser restringidos por razones de estatus jurídico y mucho menos de méritos, o cualquier otra condición que desmejore los derechos que se tienen como profesor universitario perteneciente a la ULA y 3.- Los que se dicen "realistas" o Si SI, que dicen estar de acuerdo con la impugnación pero hay que presentar candidatos para la convocatoria realizada, para no perder espacio político.
La Sala Electoral de TSJ ha sido precisa y ha ordenado a las universidades que, en ejercicio de la autonomía que las acoge, deben elaborar nuevo reglamento electoral que incorporen lo dispuesto en el nombrado Artículo 34, inciso 3 de la LOE-2009.
Los profesores jubilados, hasta que una ley establezca lo contrario, son miembros de la comunidad universitaria con plenos derechos políticos para elegir y ser elegidos y, hasta que esto se resuelva, no se deben realizar elecciones en la ula para designar representantes profesorales ante los órganos de cogobierno.
*ULA-Trujillo
lilidor@ula.ve
viernes, 30 de marzo de 2012
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